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viernes, 9 de agosto de 2013

Ordenan libertad inmediata de Caro Quintero

Un tribunal federal otorgó un amparo definitivo y ordenó la inmediata libertad del narcotraficante Rafael Caro Quintero, tras 28 años de permanecer preso. El Primer Tribunal Colegiado
 
Cd. de México.09 08 2013
- Un tribunal federal otorgó un amparo definitivo y ordenó la inmediata libertad del narcotraficante Rafael Caro Quintero, tras 28 años de permanecer preso.
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal con residencia en Jalisco determinó que Rafael Caro Quintero no debió ser enjuiciado en el fuero federal por el asesinato del agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar, crimen cometido en febrero de 1985, en Guadalajara, Jalisco, sino en el fuero común, ya que no se trataba de un diplomático ni de un integrante consular.
Asimismo, el Tribunal resolvió que con respecto a los asuntos de narcotráfico de que se le acusó ya cumplió la condena, por lo que ordenó su libertad de manera inmediata al Tribunal Unitario que tiene su proceso.
Caro Quintero fue notificado de la resolución, durante la madrugada de este viernes, en el área preventiva del penal de máxima seguridad de Puente Grande, ubicado en Jalisco, sitio donde se encuentra recluido.
Hace unos meses la Agencia Antidrogas de EU (DEA por sus siglas en Inglés) lanzó una alerta internacional en la que ordena la detención del narcotraficante.
Durante más de 28 años los estadunidenses han fracasado en su intento de tener en sus manos a este mexicano para juzgarlo por el asesinato del agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar.
Para los norteamericanos el sinaloense, que tiene más de 60 años de edad, es responsable del secuestro y asesinato de citado agente, además de promover la delincuencia organizada, ya que su “empresa criminal” continua operando. Es por ello que su nombre y fotografía fue relanzada como uno de los delincuentes más buscados de esa agencia norteameric
Caro Quintero, sentenciado a 199 años de cárcel
 
El 3 de junio de 2009, el juez Cuarto de Distrito en Materia Penal en el estado de Jalisco, Adalberto Maldonado Trenado, encontró responsables a los capos Rafael Caro y a Ernesto Rafael Fonseca, Don Neto, líderes del entonces del cártel de Jalisco, de la muerte de Camarena Salazar y del piloto aviador mexicano, Alfredo Zavala Avelar, crimen perpetrado el 7 de febrero de 1985.
Tras 24 años de litigio, el juzgador dictó sentencia contra los legendarios narcotraficantes, a quienes también encontró responsables del asesinato de más, y por tener secuestradas a 4 mil personas en sembradíos de droga en Chihuahua.
Pese a que a Caro Quintero le correspondían 199 años de prisión y a Don Neto 150 años, sólo se les impuso una pena de 40 años de cárcel a cada uno, ya que en la legislación vigente en 1985, que les es aplicable, no se podía imponer una sanción mayor por ser esa la que fijaba como limite máximo el artículo 25 del Código Penal Federal.
Ambos delincuentes no pudieron ser extraditados porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sólo avaló las extradiciones temporales, más no los casos en que mexicanos puedan enfrentar la pena de muerte, porque nuestra legislación vela por el derecho a la vida.
Por esa razón no fueron entregados, pues los estadunidenses buscan aplicarles la pena máxima.
En marzo del presente año, Rafael Caro Quintero quiso adelantar su salida de la cárcel y para ello promovió un amparo directo.
Sin embargo, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó la petición de un tribunal colegiado de atraer el amparo directo que promovió el ex líder del cártel de Jalisco.
Caro Quintero impugnó la sentencia de 40 años de prisión que se le impuso por el asesinato del agente de la DEA y demás delitos.
Con cuatro votos a favor y uno en contra, los ministros desecharon la petición presentada por la defensa del capo, quien alegó en su amparo directo que la Procuraduría General de la República cambió sus conclusiones acusatorias, ya que le tipificó delitos de un fuero distinto, además de que buscaba obtener los beneficios del nuevo sistema de justicia adversarial, en el que prevalece el respeto a los derechos humanos.
El asunto fue presentado a la Sala por el ministro José Ramón Cossío Díaz, tras la petición que hizo el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, quien el 27 de abril de 2011 ratificó la sentencia dictada en 2009.

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